Desde el Consejo de Estudiantes de la Universidad de Murcia (CEUM) reivindican 10 puntos mínimos para lograr una evaluación justa:
Punto 1. Se debe garantizar que aquellos contenidos no explicados, es decir, sobre los que no se ha impartido docencia, no sean objeto de evaluación por parte del profesorado.
Punto 2. La modificación de los sistemas de evaluación no debería poder contemplar un aumento en el peso del examen en la nota final, en detrimento de la evaluación continua.
Punto 3. La dificultad y la carga de trabajo de los instrumentos de evaluación alternativos debería ser asimilable a la que hubiese existido en condiciones de presencialidad.
Punto 4. En caso de problemas técnicos demostrables y no atribuibles al estudiante que impidan la continuación del examen o generen un grave perjuicio en su desarrollo se debe establecer la posibilidad de que el estudiante repita la prueba. Solicitamos que se realicen pruebas de funcionamiento y se exploren medios para minimizar los problemas técnicos o, si estos existen, que puedan quedar registrados para no dar por perdida una convocatoria.
Punto 5. Para reducir la incertidumbre es imprescindible que se asegure el cumplimiento del artículo 15 del Reglamento de Convocatoria, Evaluación y Actas, de forma que toda convocatoria de prueba global esté publicada con 15 días naturales de antelación. En la convocatoria tienen que aparecer de forma clara e inequívoca los criterios de evaluación, así como las cuestiones técnicas que incidan sobre la prueba.
Punto 6. Aquellos estudiantes que, aun aprobando la asignatura, entiendan que la nota obtenida no es satisfactoria o les causaría problemas en el futuro, deberían poder presentarse a la convocatoria de julio para mejorar su calificación, pudiendo optar a la nota más alta entre las dos convocatorias. Esto ya sucede en condiciones normales en algunas Universidades españolas.
Punto 7. El derecho de revisión de las pruebas, recogido en la normativa vigente, debe mantenerse intacto en este contexto, arbitrándose los medios digitales oportunos para ello.
Punto 8. Deben ampliarse y flexibilizarse las causas que permitan solicitar convocatoria de incidencias.
Punto 9. Como se ha realizado en diversas Universidades, consideran pertinente realizar una revisión y flexibilización de las condiciones establecidas por el Reglamento de Progresión y Permanencia. Esta normativa establece, entre otras cuestiones, el mínimo de créditos aprobados para continuar las enseñanzas regladas en el título en el que se encuentren matriculados los estudiantes de primer año.
Punto 10. Por último, solicitan que se exploren posibilidades técnicas y normativas para neutralizar los efectos de esta crisis sanitaria en el futuro académico de los estudiantes.